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Escala Salarial Junio de 2019 a Abril de 2020

RESOLUCIÓN Nº 854/19

VISTO:
La sanción de la Ley Nº 7317, modificatoria de la Ley Nº 5483 y

CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 7317 incorpora al art. 64 de la Ley Nº 5483 el inc.19 por el que se autoriza al Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de Tucumán a fijar los honorarios mínimos de los profesionales Farmacéuticos que se desempeñen como Directores Técnicos de los establecimientos comprendidos en la Ley Nº 5483.

Que en cumplimiento a lo normado en la disposición mencionada
El Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de Tucumán
RESUELVE:

1- Actualizar honorarios mínimo mensual de los profesionales Farmacéuticos que se desempeñen como Directores Técnicos de los establecimientos comprendidos en la Ley Nº 5483 correspondiente a los meses de Junio de 2019 – Abril de 2020.

En Concepto de Básicos:

  • Junio 2019: $ 32.386.04
  • Abril 2020: $ 46.202,82

En Concepto de Sumas no remunerativas:

  • Junio y Julio de 2019: $ 5.798,00
  • Agosto y Septiembre de 2019: 7.637,52
  • Comp. Extraord. No Remunerativa Agosto 2019: $ 3.872,96
  • Octubre y Noviembre de 2019: $ 9.697,28
  • Diciembre 2019 y Enero de 2020: 11.757,03
  • Comp. Extraord. No Remunerativa Enero 2020: $ 6.086,08
  • Febrero y Marzo de 2020: $ 13.816,78

En Concepto de bloqueo y titulo de Farmacéutico:

  • Bloqueo de Titulo del farmacéutico Director Técnico- Art 7 inc a:
    • Junio y Julio 2019: $ 29.153,60
    • Agosto y Septiembre: $ 30.613,59
    • Octubre y Noviembre: $ 32.248,37
    • Diciembre y Enero: $ 33.883,15
    • Febrero y Marzo: $ 35.517,93
  • Título de Farmacéutico (80% del importe del Bloqueo) art 7 inc b:
    • Junio y Julio 2019: $ 23.322,88
    • Agosto y Septiembre: $ 24.490,87
    • Octubre y Noviembre: $ 25.798,70
    • Diciembre y Enero: $ 27.106,52
    • Febrero y Marzo: $ 28.414,34
  • Título de farmacéutico ( 60% del importe del Bloqueo) art 7 inc c:
    • Junio y Julio 2019: $ 17.492,16
    • Agosto y Septiembre: $ 18.368,15
    • Octubre y Noviembre: $ 19.349,02
    • Diciembre y Enero: $ 20.329,89
    • Febrero y Marzo: $ 21.310,76

3 – Notifíquese
4 – Publíquese en el Boletín Oficial.

Recordar la vigencia de la asignación no remunerativa para los profesionales Farmacéuticos que se desempeñen como Directores Técnicos de los establecimientos comprendidos en la Ley Nº 5483 por el monto de pesos cinco mil ($ 5000), que se podrá abonar en un pago o sucesivos pagos, siendo la fecha límite de cancelación del mismo el 15 de Enero de 2020. El monto asignado en el presente acuerdo, se compensará en las próximas revisiones salariales.