Acuerdo Gobierno-Industria (Resolución Nº 6/2010)
Resolución 6/2010
Secretaría de Comercio Interior
Comercio Interior
Establécese que todas las Farmacias del país deberán exhibir listas y/o carteles en los que consignen los productos alcanzados por la bonificación especial.
Artículo 1º: Establécese que todas las Farmacias del país deberán exhibir en lugar visible listas y/o carteles en los que se consignen todos los productos que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, que se encuentran alcanzados por la bonificación especial del TREINTA POR CIENTO (30%), sobre el precio que efectivamente abona el público consumidor.
Artículo 2º: Las Cámaras signatarias del Acuerdo Marco celebrado el 25 de noviembre de 2009, deberán suministrar, sin cargo a los sujetos alcanzados por el artículo 1º, las listas y/o carteles que serán distribuidos a través de sus Droguerías y/o Distribuidores habituales.
Artículo 3º: Las infracciones a la presente Resolución serán sancionadas conforme a las previsiones de la Ley Nº 24.240.
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mario G. Moreno.