Subsidio de Salud
Normativas
- Descargar Normativa Subsidio de Salud (Octubre 2021)
- Débitos
- Refacturación de Recetas
- Disposición 82/2024 – Prazoles y medicamentos de VL (Diciembre 2024)
ACLARACIÓN SOBRE LOS TIPOS DE RECETAS:
Teniendo en cuenta la situación sanitaria actual y la vuelta a la normalidad de los servicios de atención médica, el IPSST actualiza los tipos de recetas aceptadas para su validación por el convenio de prestaciones farmacéuticas.
La exigencia de esta actualización se realizará paulatinamente durante marzo y abril, siendo exigible y motivo de débito a partir del día 2 de Mayo del 2022.
TIPOS DE RECETAS QUE SE ACEPTARAN A PARTIR DEL 2 DE MAYO DEL 2022
La obra social aceptará los siguientes tipos o modelos de recetas y, que se detallan a continuación:
A.- RECETA MANUAL: Prescripta en papel y confeccionada de puño y letra por el profesional prescriptor. La confección de estas recetas obedece a las mismas características y requisitos detallados en el actual convenio.
B.- RECETA ELECTRÓNICA: Aquellas recetas generadas electrónicamente, impresa, firmada y sellada por el médico tratante. El profesional prescriptor podrá confeccionar una receta en formato electrónico, debiendo la misma estar membretada con los datos del profesional prescriptor. Una vez confeccionada con todos los datos correspondientes, la misma deberá ser impresa por el profesional y proceder a sellar y firmar en forma manuscrita.
C.- RECETA DIGITAL del IPSST: En estos casos las recetas serán confeccionadas a través de la aplicación Mis Rx, aprobada por la obra social. Las mismas cuentan con toda la información requerida, un código de barra y QR para su validación. La generación de una receta digital, estará emitida solamente por profesionales autorizada por el IPSST, quienes podrán prescribir sin sello ni firma manuscrita (no es necesario requerir la receta impresa para su validación).
A partir de la fecha establecida, 02 de Mayo de 2022, quedan excluidas todas aquellas recetas impresas por el afiliado (tomadas de mail o whatsapp), modalidad permitida durante el periodo de aislamiento social y que en la actualidad quedan sin efecto.
Respecto a los Planes Especiales, cuando en una única receta se prescriban varios medicamentos para un plan de entrega con diferentes números de recetas o incluso diferentes convenios (ACE-PRESERFAR); en éste caso se permite adjuntar la copia de la receta original en las correspondientes validaciones individuales, ACLARANDO EN LA COPIA QUE LA RECETA ORIGINAL SE ENCUENTRA ADJUNTA A LA VALIDACIÓN N°… (poner número de validación donde se abrocho la receta original).
Instructivo MRx Digital
RECETA DIGITAL PLAN CRÓNICOS
Plan Internados
Recordamos que desde el mes de OCTUBRE/20, toda receta que correspondía al Plan de Internados de Subsidio de Salud se valida, con N° de receta: 999.
La receta ingresa como Ambulatorio.
Si la receta precisa una Autorización (por ejemplo por aumento de cupo), se deberá tramitar la misma por mail (auditoriarecetas@ipsst.gov.ar) tal como se viene realizando hasta ahora para ambulatorio.
Planes especiales:
Modalidad de autorización de medicamentos para planes especialesMODIFICACIONES DISPENSA EN PLANES ESPECIALES
Ante la situación de emergencia sanitaria vigente por el brote de COVID-19, se realizaron en el Subsidio de Salud modificaciones en las modalidades de autorización, comunicación de las mismas y dispensa de medicamentos de planes especiales. Estos cambios en la modalidad de autorización y comunicación pretenden agilizar el proceso de auditoría y dedispensa, promoviendo el uso racional y oportuno de medicamentos.
Descargar instructivo IPSST Modificaciones de DispensaVademecum
Seguro Escolar
Plan Alto Costo
Instructivos
- Honorarios
- Circuito de Autorización, Entrega y Dispensación de Medicamentos de Alto Costo
- Descargar Instructivo para Crear Carátulas
Se solicita que al momento de recibir el/los medicamento/s por parte de la Droguería asignada plasmen la “fecha de recepción” en el Remito.
A su vez, también recuerda colocar en la receta la “fecha real” de Entrega de los Medicamentos a los afiliados, más allá de la informada efectivamente en el sistema de Farmalive.
Sub. de Salud. Resolución 2786/2023.