Novedades Obras Sociales: Octubre 2017
9 de octubre de 2017Noticias del mes de Octubre al respecto de las Obras Sociales vinculadas al Colegio de Farmacéuticos de Tucumán
Nuevos Vademécums vigentes a partir del 01/10/17
- Recetario Solidario
- Vale Salud
- Subsidio de Salud
En el sitio web, se encuentran todos los vademecums y normativas.
ASOFAR
A partir del MES DE SEPTIEMBRE/17 tomaremos la siguiente modalidad: los reintegros de ASOFAR deberán presentarse hasta el 10 de cada mes.
Ejemplo: los del mes de septiembre serán recibidos hasta el 10 de octubre inclusive.
Esta resolución se debe a un reordenamientos del sistema informático.
Si tiene dudas por favor comuníquese con la Comisión de ASOFAR.
Jersalud
Nos informan que, por el momento todas las recetas con autorización o cupones especiales (Plan Materno Infantil –Diabetes , etc.) al 100% no se validan, por lo tanto la farmacia debe verificar los datos del afiliado y la documentación requerida para poder dispensarlo y hacer la presentación de dichas recetas en forma manual.
Jersalud y Recetario Solidario
Recordamos que, a partir de Agosto los convenios de JERSALUD y RECETARIO SOLIDARIO deben tener Validación ON LINE, a través de la página web de la Cofa, en la totalidad de la presentación, no aceptándose la recepción de recetas que hayan sido dispensadas de manera manual.
Medifé
Esta Obra Social actualizó su normativa. La misma se encuentra disponible para descargar aquí.
PAMI
INSULINAS
Cofa nos comunica que, después de varios meses de negociación, se firmó el acuerdo con el Segmento Insulinas del convenio PAMI, que contempla la emisión de anticipo de calce financiero para TODAS las farmacias prestadoras y la baja de 2 puntos porcentuales en la bonificación del convenio.
Respecto a lo primero, se tratará de un modelo de calce similar al implementado con el segmento Resolución 337, en el que junto a la NAF se emitirá una APF Anticipada que alcance sumando entre ambas aproximadamente el 70% del total facturado (debiendo cumplir las recetas las condiciones habituales de presentación que se requieren para integrar el cálculo de calce).
En lo que hace a la reducción de bonificación significará 2 puntos por debajo de la actualmente vigente para la farmacia, es decir que las farmacias cuya bonificación actual era de 19% pasarán a 17% y las que tenían una bonificación de 17% quedarán en 15%.
La baja del primer punto es retroactiva al 1° de febrero 2017 y la baja del segundo punto opera desde el 1° de agosto 2017. Por esta razón cuando se liquide la primera quincena que incluya la baja de los 2 puntos de bonificación incluirá el cobro de la retroactividad a razón de un punto porcentual al mes, por ejemplo el punto de febrero se cobra en octubre, el punto de marzo en noviembre, y así sucesivamente hasta agotar los aportes comprometidos previos a la firma del acuerdo.
Un elemento adicional del acuerdo es la incorporación, de manera novedosa, de un pago en efectivo sobre el saldo, que se considera deberá representar un 10% del total facturado.
Por supuesto este acuerdo representa un gran avance sobre la condición de prestación de insulinas que se tenía hasta el presente, que se suma a la reducción ya operada en el mes de abril de la bonificación del segmento Tiras Reactivas, que se disminuyó en un 1,5%; siendo el objetivo de COFA que cada vez más farmacias dispensen insulinas e insumos para diabéticos a los pacientes del PAMI, hasta lograr universalizar en las farmacias prestadoras la totalidad de los segmentos que componen este convenio.
CAMOyTE
Recordamos la existencia de nuevas pautas de trabajo, a través SIAFAR.
Para disminuir la complejidad del proceso, el nuevo modelo contempla que se realice trazabilidad de los eventos de recepción del producto, de su entrega y de su eventual devolución, en forma automática.
Con respecto a los honorarios, el Acuerdo firmado contempla la actualización de los mismos, con un incremento sustancial del importe que recibirá la farmacia por cada receta, cuyo monto definitivo informaremos en breve.
Además de ello, también se producirá una disminución de los plazos de pago, por debajo de los 30 días del cierre de presentación, con la única condición para el cobro de que la farmacia cumplimente el cierre de la operación de cada receta en el SIAFAR, sea registrando la entrega al afiliado (mediante el ingreso en el sistema de imágenes de la parte posterior de la receta, con datos y firma de afiliado o tercero que retira, y de su documento de identidad) o sea registrando la devolución a la droguería.
Se contempla, asimismo, la implementación de un modelo de recall de los productos que no sean retirados por los afiliados, evento que también deberá ser registrado en línea, y en el caso que así lo amerite trazado, para su devolución.
PAÑALES
A) PAMI nos reitera la necesidad del cumplimiento de las normas de atención del convenio PAÑALES, en lo que hace a:
- El afiliado o tercero debe firmar, aclarar nombre y apellido y DNI en la receta al momento de retirar los pañales. La receta en esas condiciones es suficiente documento válido para ser presentado en la liquidación, no siendo necesario que sea acompañada de ningún otro comprobante o fotocopia.
- La validación debe ser coincidente con el momento en que se realiza la entrega.
- No retener recetas futuras del paciente.
La intención de este recordatorio es mantener el estado de la prestación dentro de los parámetros normativos, habida cuenta de la existencia de algunas situaciones puntuales en contrario informadas por el Instituto, y en resguardo del reconocimiento integral de las prestaciones realizadas por las farmacias.
B) Levantamiento de la suspensión de Liberty.
Esta novedad resultó sorpresiva, teniendo en cuenta el incumplimiento en la calidad y cantidad de sus productos.
Ante esta circunstancia, la COFA considera necesario hacer participar a la asesoría legal a fin de preservar la responsabilidad de las farmacias frente a los beneficiarios.
Una vez que contemos con los dictámenes legales, difundiremos las comunicaciones pertinentes.
Por lo tanto, se recomienda a las farmacias de la red de los colegios de la Confederación, continuar adquiriendo para el convenio PAMI los pañales de las otras cuatro empresas proveedoras como venían haciendo en los últimos meses, absteniéndose de proveerse por el momento con los de la empresa Liberty.
Prensa
Recordamos que, a partir del día 4 de Septiembre/17, esta Obra Social reconoce recetas “particulares” (Rp) para la dispensación.
- Las mismas también deben ser validadas a través del sistema de nuestro Colegio.
- Esta información fue dada a conocer por mail de fecha 01/09/17.
- Los recetarios oficiales siguen vigentes.
- Las normativas son las mismas para ambos tipos de recetarios.
Sancor
Recordatorio: Validación SanCor OSTEL
Ante inconvenientes en la liquidación de recetas, esta Obra Social nos reitera lo siguiente:
A. Código Entidad diferenciado:
Para validar las credenciales SANCOR OSTEL, la farmacia debe seleccionar el convenio SANCOR OSTEL (Cód. 555).
NO utilizar el convenio SANCOR SALUD (Cód. 445).
Por lo tanto, la validación y liquidación de recetas debe realizarse del siguiente modo:
- Todas las credenciales SANCOR OSTEL: bajo convenio diferenciado, código 555 (*).
- Resto de las credenciales SANCOR SALUD: continúan operando bajo el código 445.
(*) El código integrador correspondiente para los sistemas de facturación integrados es “sancorostel”.
B. Descuento adicional FONDO COMPENSADOR TELEFÓNICO:
La validación de las credenciales SANCOR OSTEL bajo el convenio diferenciado permite a la farmacia aplicar el descuento adicional del Fondo Compensador Telefónico, cuando corresponda.
Cabe aclarar que el Sistema de Validación calcula automáticamente el descuento adicional del Fondo Compensador Telefónico. Por lo tanto, la farmacia sólo debe aplicar el resultado que otorga el sistema y no debe efectuar ningún cálculo adicional para su cobro.
Subsidio de Salud
PLAN MATERNO INFANTIL
A) Se incorporan al vademecum pediátrico las siguientes leches:
- Nan s/lactosa NF
- Nutrilón s/lactosa LCP
B) Aclaración: Con respecto al Sertal Perlas, se reconocen las siguientes presentaciones:
C) Recordamos que en PLAN MATERNO INFANTIL:
- Se aceptan los medicamentos incluidos en vademecum, no obstante tener TROQUELES ANULADOS (c/leyendas) o ser de VENTA LIBRE.
- MYLANTA x 150 ml está discontinuada, razón por la cual se reconoce x 160 ml.
SEGURO ESCOLAR
Se solicita brindar atención a los beneficiarios de esta cobertura.
Esta recomendación se efectúa principalmente para las Farmacias del SUR se la Provincia.
MEDICACION DE ALTO COSTO
TRAZABILIDAD: Únicamente por Farmalive.
Todos los medicamentos deberán ser trazados, de tal manera que todas las recetas estén incluidas en el REPORTE.
PACIENTES CON HIV:
Para preservar la identidad de dichos pacientes, NO DEBEN EXIGIRLES EL DNI.
Colega, observe que las recetas de tales pacientes NO llevan nombre ni apellido sino un código alfanumérico.
Recordamos el tema, ya que son numerosos los reclamos recibidos.
RECETAS:
- Originales: NO deben recibir fotocopias de recetas del médico tratante, en todos los casos deben ser ORIGINALES.
- Firma del afiliado: Al momento de la dispensa, el afiliado debe firmar y consignar sus datos (excepto pacientes con HIV).
- Fecha de venta: Debe ser consignada.
- Firma y sello de la Farmacia: No olvidar firmar y sellar la receta.
- Troqueles: Debe colocar los mismos en cada receta.
PRESENTACION: Debe contener:
- Reporte (Carátula + detalle de recetas + informe de trazabilidad).
- Toda la documentación escaneada.
- Remito original de la Droguería, con FIRMA y SELLO de la Farmacia.
- Ticket/factura ($ 150.- por receta).