Sugerencias sobre Ética Profesional
El Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Farmacéuticos de Tucumán recuerda a los colegas la ilegalidad de la práctica de recibir formularios preimpresos por la industria farmacéutica con descuentos en medicamentos y con el nombre y domicilio de la farmacia en el mismo.
Éstos formularios receta son firmados y sellados por el médico prescriptor, y son recibidos por algunas farmacias que figuran en el listado impreso.
Sin embargo, se debe tener en cuenta que los medicamentos deben ser prescriptos por el profesional de puño y letra (Ley 17132), con el nombre genérico, la dosis y la fórmula (Ley 25649). Si en la misma se constata un error, el farmacéutico no la despachará sin antes pedir explicaciones al médico (Ley 17565 y Ley 5483).
Está prohibido por la ley (Ley 17565 y Ley 5483) participar en honorarios con médicos y odontólogos y recibir participación de honorarios de fabricantes de productos medicinales.
Además, el Código de Ética establece que la oferta de su trabajo (como farmacéutico) debe hacerse en forma igualitaria con los demás Colegas. Esta obligación es concordante con el principio de la libre elección de la farmacia por parte del enfermo, que se obliga a respetar y difundir.
Por último agrega el Código: "Al farmacéutico le queda prohibido en su ejercicio, todo tipo de asociación con otros profesionales del arte de curar. Incluso se considera grave falta de ética el dirigismo con éstos profesionales y la participación ilegítima de honorarios con otros profesionales".
Estimados colegas, los miembros del Tribunal de Ética y Disciplina se encuentran a disposición de todos ustedes para aclarar cualquier duda con respecto al ejercicio de la profesión y las normas que la rigen.
Así como la Educación es la base de la riqueza de los pueblos, el conocimiento y la educación del profesional farmacéutico constituyen la base de nuestra profesión.
Cuando conocemos y respetamos las normas, nos respetamos a nosotros mismos, a nuestros colegas y a todos nuestros pacientes.