Clozapina: Información para su dispensa
Como ha sido difundido oportunamente, a partir del 1° de febrero de 2012 la Clozapina pasó en el convenio PAMI de ser provista a través del circuito Camoyte a ser dispensada de manera directa mediante el stock de Farmacia contra la presentación de la receta y autorización según Resolución 337 (vía de excepción).
Dado que la Clozapina es una droga que presenta serias reacciones adversas y codificada en la categorías ATC como un antipsicótico atípico, y utilizada para el tratamiento de la esquizofrenia resistente a otras medicaciones, a la esquizofrenia relacionada con la enfermedad de parkinson y en pacientes esquizofrénicos con ideación suicida, la dispensa de esta droga por las Farmacias está marcada por un régimen especial de habilitación.
Uno de los efectos adversos más importantes y serios es la leucopenia que puede llevar a la agranulocitosis, con el consiguiente riesgo de infecciones.
Para prevenir dicha complicación, se cuenta con un sistema de Farmacovigilancia Intensiva de ANMAT que por Disposición 935/2000 y modificatorias, que incluye un seguimiento hematológico estricto a todos los pacientes que se encuentran en tratamiento con Clozapina.
Las Farmacias deben estar acreditadas por los Colegios de Farmacéuticos jurisdiccionales para realizar la dispensa de Clozapina de acuerdo a las normas vigentes.
La COFA elaboró en agosto de 2003 la NORMA RECOMENDADA Nº 3/03, que transcribimos a continuación
“PARA LA ACREDITACIÓN DE FARMACIAS QUE DESEEN DISPENSAR CLOZAPINA”
VISTO:
La disposición nº 5625/00 que por su artículo 1º modifica el anexo i, item 2 "responsabilidades de la farmacia", punto 2, 3 de la disposición de ANMAT nº 935/00 el que quedará redactado como sigue: "2.3.- la cantidad de farmacias deberá ser adecuada en cuanto a cantidad y distribución para el correcto seguimiento de los pacientes, pero suficiente para permitir a los pacientes un fácil acceso a la medicación.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada norma establece que: "la acreditación de las farmacias que ingresen al programa de monitoreo para pacientes ambulatorios tratados con Clozapina, deberá realizarse ante el colegio de farmacéuticos jurisdiccional".
y que la atención personal y efectiva del farmacéutico resulta imprescindible en la dispensación de esta droga, por sus peligrosos efectos adversos.
La Confederación Farmacéutica Argentina, con el fin de orientar a los Colegios en este sentido, RECOMIENDA el cumplimiento de las siguientes pautas para la acreditación de farmacias que deseen participar del Programa de Farmacovigilancia Intensiva de Clozapina:
Primero.- Presencia activa del Farmacéutico en la Farmacia.
Segundo.- Compromiso con el paciente a través de la apertura y mantenimiento de una ficha de seguimiento del uso de Clozapina.
Tercero.- Aprobar un curso de actualización sobre "Esquizofrenia".(*)
Cuarto.- Aprobar un curso de Farmacovigilancia .- (*)
(*) En cuanto a los cursos requeridos, la Confederación Farmacéutica Argentina y/ó los Colegios adheridos ofrecerán alternativas para los postulantes a la acreditación.-
Para obtener la acreditación deberá contactarse con el Colegio al que pertenece.