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Prórroga del Decreto N°721/3 para el Periodo Fiscal 2019

Prórroga del Decreto N°721/3 para el Periodo Fiscal 2019

DECRETO N° 879/3 (ME), del 29/03/2019.-

VISTO el Decreto N° 721/3 (ME) de fecha 16 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto citado en el Visto, se estableció, para el período fiscal 2018, la alícuota diferencial del dos coma cinco por ciento (2,5%) en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades de comercialización mayorista y minorista de productos farmacéuticos, con los alcances y condiciones allí establecidas;

Que teniendo presente que subsisten las circunstancias de su establecimiento, es que resulta necesario continuar con la medida de carácter fiscal excepcional establecida para dichas actividades durante el período fiscal 2019;

Que en virtud a la facultad otorgada por el artículo 11 de la Ley N° 8467 y sus modificatorias, es que corresponde proceder al dictado del acto administrativo correspondiente;

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Prorrógase la vigencia del Decreto N° 721/3 (ME)-2018 para el Periodo Fiscal 2019.

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Descargar texto Decreto N° 879/3