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Poder Judicial. Recetario Particular

Poder Judicial. Recetario Particular

Esta Obra Social nos informa que, a partir del 9 de Mayo de 2022, no se emitirán Recetarios Oficiales.

Por tal motivo, éstos serán reemplazados por la Receta Particular del médico (Rp), que deberá contar con toda la información requerida hasta la fecha: nombre, apellido y N° de afiliado, fecha, diagnóstico, firma y sello del profesional y N° de prestador.

Los recetarios oficiales que actualmente se encuentran en circulación, seguirán siendo válidos hasta agotar su stock.