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Obras Sociales PAMI, Prensa y Sub de Salud

Novedades Obras Sociales del mes de Marzo

Novedades Obras Sociales del mes de Marzo

PAMI

Pañales

Comunicamos que se firmó un nuevo acuerdo con PAMI por la renovación del convenio PAÑALES.

La prórroga es por 6 meses, a partir del 12 de Febrero, acordándose una actualización de precios, según el esquema que se consigna a continuación:

MÓDULOS DROGUERÍA FARMACIA
Grupo 5 $ 369,48 $ 461,85
Grupo 8 $ 633,60 $ 792,00
Grupo 9 $ 700,33 $ 875,41
Grupo 10 $ 969,37 $ 1.211,71
Grupo 12 $ 1.037,50 $ 1.296,88

Al finalizar el mes de Febrero, las Fcias encontraron dos cierres, uno que agrupa las validaciones hasta el 11 de Febrero y un segundo cierre con las validaciones generadas después del 11 de Febrero.

Con la nueva escala de precios informada el margen de las Farmacias se incrementa, pasando del 22 al 25%.

Muy importante información referente a Pañales Pami:
La Disposición 1540/2018 de la ANMAT prohíbe el uso y la comercialización en jurisdicción nacional de todos los productos absorbentes fabricados por la firma DESCARTABLES NOCHISIMO S.A. en todos sus lotes, esta empresa es una de las 5 integrantes de la Licitación para la provisión de Pañales PAMI.Por ello, las Farmacias que tengan stock de DESCARTABLES NOCHISIMO S.A. del convenio PAMI deberán devolverlo a sus Droguerías habituales.

PRENSA

Recordamos que, a partir del 22/01/18, el % de Cobertura, es 40% de descuento, tanto para el Plan Plus (sin vademécum) como para el Plan Complementario (con vademécum).

Es importante aclarar que, en el Plan Complementario (con vademécum) continúa el 20% de descuento para los medicamentos no incluidos en vademécum.

Asimismo, en los primeros días de Febrero/18 se implementó el PLAN FULL con el 50% de descuento.

Cuando Ud. valida una receta, el sistema automáticamente le calcula el % de descuento según el Plan que el afiliado posea.

MUY IMPORTANTE:
Las recetas PARTICULARES de Prensa deben contar siempre con MEMBRETE.

Recordamos, a continuación, lo publicado en el Anexo de Dic/17:

Existen recetarios del Los mismos Son válidos sólo si cuentan con el Correspondiente SELLO DE LA INSTITUCION (CAPS/HOSPITAL).

Toda receta (oficial y particular) debe contar con NOMBRE GENÉRICO.

SUBSIDIO DE SALUD

ALTO COSTO
Muy Importante:

Toda receta debe contar con los TROQUELES
Cuando Ud. imprime la carátula para la presentación, se obtienen los informes de trazabilidad de todas y cada una de las recetas dispensadas.

No presente los informes todos juntos, por el contrario, tenga la precaución de adosar cada informe con su correspondiente receta.

Luego de digitalizar y tramitar la receta en el sistema de Farmalive, debe realizar un seguimiento de la misma, para corroborar que continúa su curso normal.

Realizamos esta aclaración puesto que – en algunos casos – existen observaciones administrativas de ACE ONCOLOGIA, situación que frena el envío de la medicación a la Farmacia, hasta que no se levante dicha observación, para lo cual debe ser subsanando el inconveniente.

PRESERFAR

MUY IMPORTANTE
RECETAS PARTICULARES

Recetas con membrete de algún sector efector del Sistema Provincial de Salud u otro organismo Municipal (que actualmente se registran como 999).

Se informa que estas prescripciones se registrarán previamente en las oficinas del Instituto, en donde se emitirá un comprobante con número de receta, el cual deberá ser presentado en la Farmacia, conjuntamente con la receta, para su validación en el sistema.

Tanto la receta como el comprobante deben llevar el sello verificador del IPSST.

Más observaciones al respecto:

1. El Sub. de Salud ya está aplicando esta nueva modalidad.

2. Cuando Ud. valide la receta por sistema, debe consignar el Número de receta que figure en el comprobante(antes se consignaba “999”).

3. La receta no debe estar vencida, si bien la fecha de vencimiento es para la prescripción, dado que las prescripciones tienen 30 días de validez, la receta se encuentra vencida si pasaron más de 30 días de la fecha de vencimiento que figura impresa en el bono.

4. Se autorizan hasta 2 productos por receta, como máximo.

5. Se autoriza 1 unidad de cada producto como máximo. Salvo en los casos de iny. Monodosis, en los que se podrá autorizar hasta 5 unidades del producto como máximo.

Otra importante novedad es que TODAS LAS RECETAS DEBEN SER VALIDADAS, es decir que ya no se aplicará la excepción de presentar recetas sin validar a aquellas Farmacias con pocas recetas (menos de 25).