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Novedades de Obras sociales para el mes de Mayo

Novedades de Obras sociales para el mes de Mayo

Berkley

Cofa nos recuerda la VIGENCIA del convenio con Berkley, motivo por el cual solicitamos brindar atención a sus afiliados.

Osprera

Esta Obra Social nos informa que fue reemplazado el Formulario de órdenes, Recetarios Prácticas e Internaciones por el Form 1018, cuyo modelo es el siguiente:

PAMI

Por mail de fecha 21-04-18, se remitió a las Farmacias el Comunicado que resume lo actuado en la negociación del convenio PAMI una vez alcanzado el acuerdo entre el PAMI, la Industria Farmacéutica y las Entidades representativas de las farmacias.

A continuación, transcribimos el mismo:

CONVENIO PAMI

Acuerdo entre PAMI, la Industria Farmacéutica y las Entidades representativas de las farmacias

Luego de más de tres meses de intensas y complejas negociaciones se ha arribado a un acuerdo entre el PAMI, la Industria Farmacéutica y las Entidades que representan a las farmacias, para la continuidad del convenio de prestación a partir del 1° de abril 2018 hasta el 31 de marzo 2019, contando este acuerdo con el aval de todas las entidades que componen la COFA. En base a ello las farmacias verán disminuida su bonificación en un 2% para quienes se encuentran incluidas en el beneficio del calce financiero, y en un 1,5% para las farmacias que no están incluidas en el calce, calculando la baja sobre la bonificación vigente para cada farmacia al 31 de marzo 2018. Esta reducción de bonificación se aplicará en todos los segmentos de atención, es decir ambulatorios, clozapinas, Resolución 337, insulinas, tiras reactivas y antidiabéticos orales, y en la totalidad de los medicamentos validados y dispensados, y será aplicada a partir del 1° de abril 2018. En lo que hace a la existencia de un PVP PAMI distinto al PVP Público, las farmacias cobrarán una compensación TOTAL del costo de droguería frente a la diferencia que surge entre la compra en referencia a PVP Público y su dispensa en base a PVP PAMI.

Esta compensación será cobrada por la farmacia mediante una nota de crédito llamada Compensación Costo Droguería (CCD) que se emitirá junto a la NAF y APF Anticipada de calce, a las 72 horas hábiles de la fecha límite de presentación de recetas en ATOS/IMED. Se ha acordado además que esta compensación será expresada de modo transparente a las farmacias, en esta primera emisión al momento de la salida de la nueva nota CCD, y en breve la farmacia podrá cotejar al momento del cierre de presentación la composición de este pago. Respecto al segmento Alto Costo, continuará sin cambios para la farmacia en lo que hace a los procedimientos de trabajo en SIAFAR y retribuciones. Finalmente se estableció un monitoreo permanente del convenio a lo largo del año para que las farmacias no sufran dificultades en sus posibilidades de atención a los afiliados del PAMI.

Notas de Crédito Directas

Por mail de fecha 16-04-18, se remitió el listado histórico de Laboratorios que emiten Notas de Crédito Directas (el mismo siempre estuvo publicado en la página web de nuestro Colegio).

El listado es el siguiente: (Están resaltados los laboratorios que recientemente han emitido ese tipo de Notas de Crédito)

  • AGRAND
  • ALTIUS FARMA
  • ALVEAR
  • ASSISTANCE S.R.L.
  • BENITOL
  • BIOCONTROL
  • BIOQUIM
  • BIOSINTEX RETAIL
  • BIOTENK
  • BOUZEN SA
  • CEVALLOS
  • DENVER FARMA
  • DERMOPHARMA
  • DOSA
  • DUNCAN
  • ECOPHARMA S.A.
  • EURODERM
  • FABOP S.R.L.
  • FABRA
  • FADA
  • FILAXIS
  • GEN MED
  • GEZZI
  • GLENMARK GENERICOS SA (Ex SE)
  • HEXA
  • HLB PHARMA
  • IMMUNO
  • INDECO
  • INMUNOLAB
  • ISA
  • KILAB
  • KLONAL
  • LAB. DE HEMODERIVADOS
  • LAB. INTERNACIONAL ARGE
  • LABORATORIOS TAURO
  • LABSA
  • LAFEDAR
  • LAMSA
  • LEON SLAPAK
  • LERSAN
  • MAIGAL CORPORATION (SUCURSAL A)
  • MAURIÑO
  • MEDIPHARMA
  • MERTENS
  • MICROSULES ARG
  • NATUFARMA
  • NESTLE ARGENTINA S.A.
  • NESTLE CASSARA
  • NEXO PHARMAC
  • NORTHIA
  • NOVOPLOS SA
  • OMEDIR
  • ORIENTAL
  • P.L.RIVERO
  • PAYLOS
  • PHARMANOVE
  • PROCTER & GA
  • PRODUMEDIX
  • QUIMICA LUAR
  • RICHMOND
  • RONNET
  • ROSPAW
  • ROUX OCEFA
  • SANT GALL
  • SAVANT RETAIL
  • SCOTT-CASSAR
  • TUTEUR
  • VALMAX
  • VANNIER
  • VARIFARMA
  • VENT 3
  • WERFEN MEDIC

Campaña de Vacunación

Como en anteriores campañas de vacunación, se ha habilitado la vacunación para empleados del Instituto. Para llevar a cabo la validación la farmacia deberá registrar en SIAFAR el DNI del empleado.

Poder Judicial

Vacunación antigripal

Duración de la Campaña: Desde el 04/04/18 al e 31/08/18.
Cobertura: 100% de descuento
Con Receta Oficial autorizada previamente por la O. S.

La prescripción debe ser en forma individual para cada afiliado. No integrándose en la misma otros medicamentos.

Sólo 1 envase por afiliado. En el caso de niños entre 6 y 35 meses, deberán prescribirse en 2 recetarios (uno para cada dosis).

Dosis:

0,25 ml:

  • Niños de 6 a 35 meses (dos dosis)

0,50 ml:

  • Niños de 36 meses a 8 años inclusive.
  • Embarazadas en cualquier mes de embarazo.
  • Puérperas hasta el 6° mes de puerperio.
  • Personal de Área de Salud del Poder Judicial de la Nación.
  • Personas de 60 años o más.
  • Residentes en Inst. Geriátricas y/o de salud mental.
  • Niños y adultos con factores de riesgo.
  • Trasplantados de órganos, incluidos los de médula.
  • Pacientes onco-hematológicos hasta 6 meses posteriores a remisión completa.
  • Pacientes oncológicos en curso de tratamientos quimioterápicos.
  • Pacientes con enfermedades metabólicas (diabetes), insuficiencia renal crónica, hemoglobinopatías, inmunosuprimidos.
  • Niños y adolescentes en terapia crónica con ácido acetilsalicílico.
  • Personas con obesidad mórbida con IMC mayor a 40.

Vacunas:

  • Laboratorio Novartis: Agrippal S1 y Agrippal S1 Jr.
  • Laboratorio Sanofi Pasteur SA: Istivac; Istivac Jr.; Vaxigrip; Vaxigrip Pediátrica
  • Laboratorio Abbot Argentina: Influvac

De optar el afiliado por otra marca comercial, la diferencia de valor con las cubiertas por la Obra Social resulta a cargo del mismo.

Prensa

Muy importante
Ítems para tener en cuenta:

  1. Nombre Genérico: Indefectiblemente, debe figurar en toda receta.
  2. Diagnóstico: Indefectiblemente, debe figurar en toda receta.
  3. Membrete: Toda receta particular, indefectiblemente debe tener Membrete.
  4. Los recetarios del Ministerio de Salud Pública / Provincia de Tucumán: son válidos sólo si cuentan con el Correspondiente SELLO DE LA INSTITUCION (CAPS/HOSPITAL).

Prevención Salud

Sancor nos informa que en Prevención Salud (Código de entidad: 463) son válidas las credenciales que los socios exhiban en formato digital, según muestra que figura a continuación:

Cabe destacar que, al igual que con el resto de las credenciales, la habilitación del socio se procesará mediante validación online.

Ante cualquier duda, NO RECHACE AL AFILIADO.

Comuníquese con el Depto. de Atención al Cliente de Sancor.
Lunes a Viernes de 08:30 a 18:30 hs.
Tel.: (011) 4136-9090 | info@csf.com.ar

Ostel

Código de entidad: 205
Formulario de autorización: Vacunas Antigripales al 100%

Es válido el siguiente formulario de autorización para la dispensa de Vacunas Antigripales al 100%:

El mismo deberá estar adjunto a la receta con la prescripción correspondiente.

Los afiliados que NO cuenten con dicha autorización podrán adquirir las vacunas con el descuento indicado en vademécum.

Subsidio de Salud

ALTO COSTO

ifosfamida
Metotrexato

Recordamos lo informado por mail de fecha 26/04/18:

Nos informa Sub. de Salud que, momentáneamente, estas drogas, están discontinuadas.

Si Ud. tramita alguna receta con estas drogas, y el sistema la observa, debe poner en conocimiento al afiliado de esta situación, asesorándole que se dirija a la Fcia del Centro de Calidad para que allí le dispensen de un homólogo.

RECETAS PARTICULARES

Recordamos lo informado por mail de fecha 16/03/18:

Recetas con membrete de algún sector efector del Sistema Provincial de Salud u otro organismo Municipal.

En las oficinas del Instituto, se emite un comprobante con número de receta, el cual debe ser presentado en la Farmacia, conjuntamente con la receta, para su validación en el sistema. Debe llevar el sello verificador del IPSST.

Cuando Ud. valide la receta por sistema, debe consignar el Número de receta que figure en el comprobante (antes se consignaba “999”).

La receta no debe estar vencida, si bien la fecha de vencimiento es para la prescripción, dado que las prescripciones tienen 30 días de validez, la receta se encuentra vencida si pasaron más de 30 días de la fecha de vencimiento que figura impresa en el bono.

Se autorizan hasta 2 productos por receta, como máximo.

Se autoriza 1 unidad de cada producto como máximo. Salvo en los casos de iny. Monodosis, en los que se podrá autorizar hasta 5 unidades del producto como máximo.

VALIDACION

Recordamos lo informado por mail de fecha 16/03/18:

TODAS LAS RECETAS DEBEN SER VALIDADAS, es decir que ya no se aplica la excepción de presentar recetas sin validar a aquellas Farmacias con pocas recetas (menos de 25).