Justicia ratificó que no se pueden vender medicamentos en góndolas
CAPITAL FEDERAL: Otro fallo a favor de la ley 26.567. Según la sala Quinta de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, las cadeneras no podrán ofrecer ningún medicamento en góndolas. En 20 días, deberán adaptar la venta a la norma nacional. Otro paso para aplicar la noma sanitaria en todo el país.
Las grandes cadeneras de farmacias recibieron esta semana un duro golpe en sus aspiraciones por burlar la ley 26.567 en suelo porteño. Un fallo judicial ratificó que la norma está en vigencia en la ciudad de Buenos Aires, por lo que no podrán ofrecer medicamentos en góndolas. De esta forma, pese a los esfuerzos del gobierno de Mauricio Macri y los intereses que defiende, la Capital empieza a entrar a la normalidad sanitaria, ya que otros fallos también apoyaron la venta exclusiva en farmacias.
De esta forma, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal determinó que “las cadenas de farmacias no pueden vender los medicamentos denominados de venta libre mediante la exhibición en góndolas en las que el cliente los toma directamente y luego los abona en caja”.
El tribunal reivindicó el artículo 1º de la ley 26.567, que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica y establece que "los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o persona autorizada para el expendio".
La medida fue adoptada ante una acción de amparo de la Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur (Proconsumer) contra la cadena de farmacias Farmacity. La entidad recordó que la ley 26.567 “instituyó un nuevo sistema de comercialización de los medicamentos de venta libre que establecía que los mismos debían ser expedidos personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas”.
En ese sentido, recordó que “la venta libre de esos medicamentos es una actividad que conlleva riesgos para la salud de los ciudadanos”, a tal punto que “por consecuencia del uso indiscriminado que realiza de la medicación de venta libre se han llegado a producir más de 10.000 muertes anuales”.
La Sala Quinta de la Cámara, integrada por los jueces Guillermo Treacy y Jorge Alemany, consideró “evidente que el fármaco no puede estar al alcance del usuario en una góndola, dado que si ello ocurriese la función de la farmacia de limitaría a exponer medicamentos y luego cobrar el precio, sin mayores diferencias con cualquier otra actividad comercial”.
El fallo, que es apelable ante la Corte Suprema de Justicia, emplaza a Farmacity a adecuar su sistema de venta en el plazo de 20 días.
La medida se completa con otros respaldos judiciales a la ley de venta exclusiva en farmacias, que pese a los esfuerzos de los grandes capitales siempre es ratificada por la justicia. En este sentido, hace un tiempo la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) recordó que pese a todo “la Ley 26.567 está plenamente vigente en la ciudad de Buenos Aires”. “La COFA informa acerca de lo actuado en relación a vigencia de la Ley 26.567 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que fuera cuestionada por la decisión de la Jueza Elena Liberatori al hacer lugar a un recurso de amparo interpuesto por una kiosquera de la ciudad”, informó la entidad mediante un comunicado.
Fuente: Mirada Profesional