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Novedades
IOSFA – Circular N°15/2026 – Dato de Obra Social en las recetas durante el período de transición
8 de octubre de 2026
Por medio del presente se comunica que durante este período de transición se aceptarán recetas que digan obra social:
- OSFA
- IOSFA
- u OSFA/IOSFA
Se recuerdan los datos obligatorios que se deben consignar las mismas: fecha de emisión, nombre y apellido, N° de DNI y nombre de la Obra Social. Si el DNI es erróneo, puede salvarlo el farmacéutico con firma y sello, previa verificación de identidad, SOLO RECETAS MANUALES. NO APLICA A LAS ELECTRONICAS.
Respecto al nuevo circuito de presentación de facturación y validación, el mismo será informado oportunamente por el sector correspondiente.
IOSFA – Circular N°15/2026 – Dato de Obra Social en las recetas durante el período de transición