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IOSFA – Circular N°15/2026 – Dato de Obra Social en las recetas durante el período de transición

IOSFA – Circular N°15/2026 – Dato de Obra Social en las recetas durante el período de transición

Por medio del presente se comunica que durante este período de transición se aceptarán recetas que digan obra social:

  • OSFA
  • IOSFA
  • u OSFA/IOSFA

Se recuerdan los datos obligatorios que se deben consignar las mismas: fecha de emisión, nombre y apellido, N° de DNI y nombre de la Obra Social. Si el DNI es erróneo, puede salvarlo el farmacéutico con firma y sello, previa verificación de identidad, SOLO RECETAS MANUALES. NO APLICA A LAS ELECTRONICAS.

Respecto al nuevo circuito de presentación de facturación y validación, el mismo será informado oportunamente por el sector correspondiente.

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