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IOSFA – Campaña de Vacunación Antigripal 2025. Circular N°04/2025

IOSFA – Campaña de Vacunación Antigripal 2025. Circular N°04/2025

En el marco de las políticas implementadas por el Ministerio de Salud de la Nación en relación con la Ley N.º 27.491 de “Control de enfermedades prevenibles por vacunación”, y considerando que las vacunas incluidas en el Calendario Nacional de Vacunación —entre ellas la vacuna antigripal— son obligatorias para todos los habitantes del país, de acuerdo con los lineamientos estratégicos sanitarios que establezca la autoridad de aplicación, se informa que el Instituto de la Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) adhiere a la campaña nacional propuesta por dicho ministerio.

No obstante, se aclara que en las farmacias convenidas la provisión y cobertura del 100% se brindará únicamente para los siguientes grupos:

1. Con receta médica y debidamente enrolados:

Para la población objetivo, es decir, personas con mayor vulnerabilidad o riesgo frente a la enfermedad.

  • Personas embarazadas: en cualquier trimestre de gestación. En caso de no haber recibido la vacuna durante el embarazo, las personas puérperas podrán vacunarse hasta un máximo de 10 días posteriores al parto.
  • Niños y niñas de 6 a 24 meses de edad: deben completar un esquema de DOS (2) dosis pediátricas, si no fueron aplicadas anteriormente.

2. Con receta médica y voucher autorizado por delegación:

  • Personas de entre 2 y 64 años con factores de riesgo: deberán presentar documentación médica que acredite la existencia de enfermedades preexistentes incluidas en los factores de riesgo.
  • Personas a partir de los 65 años de edad

3. Casos particulares:

Afiliados imposibilitados de deambular el familiar presentará la receta médica debidamente confeccionada en la delegación correspondiente y se autorizará la cobertura del 100% mediante la emisión de un voucher que permitirá retirar la vacuna en farmacia.

Personas no comprendidas en la población objetivo:

Las personas que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo definidos podrán igualmente acceder a la vacuna antigripal con los siguientes niveles de cobertura:

  • 40% de cobertura en farmacias convenidas.

Para esta opción será necesario presentar prescripción médica, y se aceptará cualquier marca comercial autorizada por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica).

No se aceptarán recetas que indiquen una marca específica, y la cobertura se aplicará sobre la vacuna disponible en el punto de venta al momento de la adquisición.

IOSFA NO CUBRE EL COSTO POR APLICACION.

Importante:

– La validación de la vacuna se realiza a través del sistema, y su liquidación se procesa de la misma manera que el resto de las prestaciones ambulatorias.

INFORMACION DE INTERES

DOSIS RECOMENDADA DE VACUNAS:

• Vacuna trivalente TIV (INFLUVAC®):

○ Personas entre 6 y 35 meses de edad: 0,25 mL, es decir, mitad de dosis de vacuna para adultos

○ Personas de 36 meses de edad y más: 0,5 mL.

• Vacuna trivalente adyuvantada aTIV (Fluxvir®):

○ Personas de 65 años o más: 0,5 mL.

En adjunto se envían las vacunas autorizadas.

Vacunas autorizadas