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Obras Sociales

Corte de crédito: IOSFA y Policía Federal

Corte de crédito: IOSFA y Policía Federal

En razón del incumplimiento en los pagos de las prestaciones farmacéuticas, a partir del 21/08/20 QUEDA SUSPENDIDO EL SERVICIO A:

IOSFA y POLICIA FEDERAL.

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Obras Sociales MUY IMPORTANTE

PAMI: modificaciones en la consulta de recetas

PAMI: modificaciones en la consulta de recetas

Cofa nos comunica que a partir de hoy se ha eliminado la necesidad de agregar el DNI en la consulta de recetas por afiliado,.

A este cambio se agrega también otro que hemos solicitado, que es que en la misma consulta aparecerá la cantidad de unidades, de manera de evitar duplicación de tareas en el mostrador.

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Secretaría General

Comunicado inter-sociedades sobre COVID-19

Comunicado inter-sociedades sobre COVID-19

Nos seguimos cuidando entre todos.

Ante la emergencia sanitaria debido a la pandemia provocada por el nuevo coronavirus SARS-CoV2 causante de la COVID-19, las sociedades abajo firmantes queremos reafirmar los siguientes conceptos:

  • El SARS-CoV-2 es un virus nuevo, altamente transmisible de persona a persona y frente al cual todos los seres humanos somos susceptibles y para el cual, por el momento, no existe vacuna ni tratamientos disponibles.
  • La enfermedad por SARS COV-2, llamada COVID-19, puede ocurrir en todos los grupos de edad, pero aquellos que pertenecen a las poblaciones de riesgo (mayores de 60 años y personas de cualquier edad con comorbilidades) tienen más posibilidades de padecer formas graves o fatales.
  • Frente a este escenario, apelar a la responsabilidad individual y al cuidado intergeneracional y social se presentan como herramientas fundamentales para evitar la propagación del virus. Esto implica realizar solamente las actividades que están permitidas y con el estricto cumplimiento de los protocolos y las medidas de prevención.
  • Es indispensable evitar realizar reuniones sociales y familiares (asados, fiestas, mateadas, encuentros con amigos, etc.) en todo el país ya que las mismas implican un alto riesgo de contagio y son las mayores responsables de los brotes en las distintas provincias y localidades. Este riesgo es aún mayor en lugares cerrados y con escasa ventilación.
  • Es fundamental mantener las medidas generales de prevención como el distanciamiento de más de dos metros entre personas, la higiene de manos, el uso de tapabocas (que cubra nariz, boca y mentón), toser o estornudar en la cara interna del codo, ventilar los ambientes y limpiar las superficies y los objetos de uso frecuente.
  • Asimismo, en el ámbito laboral, es fundamental cumplir con las medidas arriba mencionadas especialmente en los momentos de descanso y comidas.
  • Ante la presencia de síntomas compatibles con COVID-19, los mismos no deben ser subestimados y es importante contactar de inmediato al sistema de salud y evitar el contacto con otras personas. Los casos confirmados deben cumplir con el aislamiento indicado.
  • Los contactos estrechos de los casos confirmados deben cumplir aislamiento por 14 días.
  • También es esencial continuar con los controles de las enfermedades crónicas, los controles pediátricos y cumplir con el calendario de vacunación en todos los grupos de edad.
  • Se debe priorizar el testeo en personas sintomáticas que cumplan con la definición de caso y se deben llevar a cabo estrategias específicas en cada jurisdicción.
  • La rápida evolución de los conocimientos científicos nos permite hoy hacer cambios en la utilización de los métodos diagnósticos, en este sentido coincidimos en que no es necesaria la realización del hisopado nasofaríngeo de rutina para los contactos estrechos asintomáticos ni tampoco para traslados ni como control para el alta de la enfermedad. También, en los contactos estrechos de casos confirmados que presentan síntomas se puede hacer el diagnóstico por los síntomas sin necesidad de hacer el hisopado (es decir por nexo epidemiológico).
  • La situación epidemiológica es dinámica y requiere de un trabajo conjunto de la sociedad para minimizar las consecuencias de la pandemia.

Actuando responsablemente podremos ir retomando cada vez más actividades.
Nos seguimos cuidando entre todos.

Comunicado Inter-sociedades acerca Covid-19
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Obras Sociales

PAMI Pañales: estado de situación del convenio

PAMI Pañales: estado de situación del convenio

Nos dirigimos a Ud. en relación a que el próximo martes 11 de agosto finalizará la actual extensión del convenio PAMI PAÑALES.

Al respecto, si bien se encuentran abiertas las negociaciones para su continuidad, los fabricantes han tomado la decisión de paralizar la producción de los pañales hasta la resolución de estas negociaciones dado lo cual ya se observan problemas de aprovisionamiento.

Por lo tanto, Cofa recomienda a las farmacias prestadoras de no quedarse con stock de pañales hasta que el panorama sobre el futuro del convenio tenga mayor claridad.

En lo que hace a la continuidad de la prestación hasta el día 11 de agosto, y ante la eventualidad de que la farmacia no logre el aprovisionamiento de pañales del convenio, sugerimos, en pos de cumplir con los pacientes afiliados al PAMI, arbitre las medidas necesarias para poder realizar la dispensa, exceptuándose en este caso de la obligación de registrar la oblea que contienen los pañales del convenio.

Seguiremos informando del avance que se produzcan en las negociaciones de renovación.

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Actualización Profesional 6 de agosto - 14 hs.

Charla en vivo COFA

Charla en vivo COFA
El jueves 6 de agosto a las 14 hs. los invitamos a participar de una nueva edición del Ciclo de Charlas en Vivo de COFA para conversar con los investigadores que están llevando adelante ensayos sobre el primer potencial medicamento innovador en Argentina a partir de suero obtenido de caballos inmunizados con una proteína recombinante del virus SARS COV 2.
Esta charla será emitida a través del sitio web de COFA y de su canal de Youtube.
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Secretaría General

Prórroga Decreto N°721/3 y 879/3 sobre alícuota diferencial

Prórroga Decreto N°721/3 y 879/3 sobre alícuota diferencial

DECRETO Nº 1.111/3 (ME)-2020
EXPEDIENTE Nº 426/369/2020
Emisión: 6/7/2020
BO (Tucumán): 17/7/2020

VISTO el Decreto 879/3 (ME)-2019, y

CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto citado en el Visto, se prorrogó para el Periodo Fiscal 2019 la vigencia de la alícuota diferencial del dos coma cinco por ciento (2,5%) en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades de comercialización mayorista y minorista de productos farmacéuticos, establecida por el Decreto N°721/3 (ME)-2018;

Que teniendo presente los pedidos efectuados por distintos sectores vinculados con la comercialización mayorista y minorista de los citados productos, es que resulta necesario continuar con la medida de carácter fiscal excepcional establecida para dichas actividades durante el período fiscal 2020, siendo necesario, a tal efecto, adecuar los parámetros establecidos en el artículo 2° del citado Decreto N° 721/3 (ME)-2018;

Que de conformidad a la facultad establecida por el artículo 11 de la Ley N° 8467 y sus modificatorias, corresponde dictar la medida administrativa que disponga al respecto;
Por ello, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1096 de fecha 01 de Julio de 2020, adjunto a fs. 6/7 de autos, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase la vigencia de lo establecido en el Decreto N° 721/3 (ME)-2018 hasta el 31 de Diciembre de 2020.-

ARTÍCULO 2º.- Sustituir el artículo 2° del Decreto N° 721/3 (ME)-2018, por el siguiente:
“ARTÍCULO 2º.- La alícuota diferencial establecida en el artículo 1° resultará procedente cuando el total de ingresos gravados, no gravados y exentos de las actividades allí citadas, atribuibles a la Provincia de Tucumán en el período fiscal 2018, no excedan la suma de pesos seis millones ($ 6.000.000).-

Cuando se trate de contribuyentes que hayan iniciado tales actividades con posterioridad al 1° de Enero de 2019, la alícuota diferencial establecida en el artículo 1° resultará aplicable siempre que el total de los ingresos gravados, no gravados y exentos de las citadas actividades atribuibles ala Provincia de Tucumán obtenidos durante los dos primeros meses a partir del inicio de las mismas no supere la suma de pesos un millón ($ 1.000.000).”

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto tendrá vigencia a partir del anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al mes de enero de 2020, inclusive.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía.-

ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Decreto 1111/3 (ME) 2020
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Obras Sociales

PAMI Vacunas: aplicaciones sin restricción por DNI

PAMI Vacunas: aplicaciones sin restricción por DNI

PAMI ha informado que la Campaña de Vacunación, en este mes de Julio, es sin restricciones en el validador por número de terminación del DNI del afiliado.

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Actualización Profesional Inscripción hasta el 30 de julio

Diplomatura en Dirección y Gestión de Farmacias

Diplomatura en Dirección y Gestión de Farmacias

Les comunicamos el inicio de la “DIPLOMATURA EN DIRECCION Y GESTION DE FARMACIAS” de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES) y la Confederación Farmacéutica Argentina, dirigida a Farmacéuticas/os de la Red CoFA , con 12 clases on-line, a partir del 3 de agosto de 2020 y en los sucesivos lunes; en vivo en el horario de 13.30 a 15.30 y/o la opción de encontrar los videos de cada una de las clases a través de la plataforma de CoFA, para realizar las clases en otro horario que elija el participante.

La Diplomatura otorga créditos para la certificación y recertificación profesional de CoFA.

Hasta el 30 de julio recibiremos las planillas Excel de participantes consignado los siguientes datos:
DNI- Apellido-Nombres- Correo electrónico- Matrícula- Teléfono celular.

Toda la información está disponible en www.cofa.org.ar

Informes: cursos@cofa.org.ar