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IOSFA – Segmentación de las Fuerzas Armadas y de Seguridad – Aclaraciones

IOSFA – Segmentación de las Fuerzas Armadas y de Seguridad – Aclaraciones

Algunas aclaraciones respecto de las novedades surgidas a partir de la segmentación de IOSFA dispuesta por el Decreto N° 88/2026, la cual establece la creación de las obras sociales OSFA y OSFFESEG.

Atención de afiliados de Fuerzas de Seguridad (OSFFESEG)

A partir del 01 de junio de 2026, estos afiliados cuentan con la cobertura de la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG) a través de MEDICUS S.A., bajo el esquema prestacional “MEDICUS Fuerzas de Seguridad”.

Para la atención, tener en cuenta lo siguiente:

– Validador: Continúa siendo www.mis.validaciones.com.ar

– Código de convenio: 624 (para homologación con su facturador).

– Búsqueda de afiliados: debe realizarse por el número de credencial que figura en la app de MEDICUS (no por el DNI).

– Consultas de padrón: si el asociado no figura, debe gestionar su re-empadronamiento al 0800-220-9006 o en https://admision.medicus.com.ar

– Contacto: ante dudas, pueden comunicarse vía WhatsApp al 1157543478.

– Las Normas de Atención pueden ser consultadas en la página web del colegio: https://cofatuc.org.ar/wordpress/wp-content/uploads/2026/06/normaopmedicus.pdf

Permanencia en IOSFA (Casos Especiales)

Ciertos afiliados permanecerán en el padrón de IOSFA para garantizar la continuidad de tratamientos de alta complejidad y la provisión de medicamentos crónicos ya autorizados según lo informado en la Circular N° 10/26 de IOSFA, en la que se establecen las siguientes pautas:

  1. Planes vigentes en IOSFA: se continuará la dispensa para planes CRÓNICOS, DIABETES, ONCOLÓGICO AMBULATORIO y PMI (CAE) hasta nuevo aviso. Importante: Las recetas deben indicar explícitamente “IOSFA” para ser dispensadas.
  2. Exclusiones: No se dispensarán planes ambulatorios, vacunas, anticoncepción, IVE ni Resolución 3159, independientemente de la fecha de prescripción. Cualquier dispensa de estos planes desde el 01 de junio será debitada definitivamente.
  3. Validaciones mixtas: No se permite validar recetas que contengan medicamentos de planes mixtos con vías de dispensa diferentes. En tales casos NO SE DEBE REALIZAR LA DISPENSA.

Les recordamos que la prescripción médica es un documento legal que no admite fotocopias ni validaciones parciales. Solicitamos prestar especial atención a estas normas para evitar futuros débitos.

Por cualquier otra aclaración, consulte con el Departamento de Auditoría del Colegio.