Resol. 339/2026 y dispo. 793/2026, 802/2026. ANMAT. Boletín oficial
26 de febrero de 2026
Adjuntamos la resolución 339/2026 y disposiciones 793/2026, 802/2026 de ANMAT publicadas en el Boletín Oficial N°35.859 sobre:
-La modificación del Calendario Nacional de Vacunación aprobado en el marco de la Ley N° 27.491, en lo relativo a la inmunización con la vacuna Triple Viral, estableciéndose su aplicación con una primera dosis a los DOCE (12) meses de vida y una segunda dosis entre los QUINCE (15) y los DIECIOCHO (18) meses de vida, para todas las personas habitantes del territorio nacional. En los casos de personas con esquemas incompletos, se procederá a completar los mismos;
-La prohibición del uso, la comercialización, la publicidad y publicación en plataformas de venta en línea, y distribución en todo el territorio nacional de los productos, en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, identificados como “RUCREM CURATIVA – Presentación 90grs – Crema cicatrizante y antiséptica indicada para usar en heridas con o sin pus, forúnculos, acné bacteriano, quemaduras, prevención y reparación de heridas post quirúrgicas – Res. Ministerial Hab. N° 2557 – ANMAT RES. 155/98 – Campo Quijano Salta – D.T. Farmacéutico: O.F. Gimenez / MP 858 – RUEFENACHT”; “RUCREM BLOQUEADOR SOLAR RB FPS 80 – Cont. neto 220ml – Para piel extremadamente sensible a la quemadura solar – Lugar de elaboración: Planta Ruefenacht Av. 9 de Julio 661 – Campo Quijano – SALTA – HABILITACIÓN: M. LEG. N° 2557 / ANMAT – RES. 155/98 – Dir. Técnica Quim: Ramiro Vergara Leg. 18743/18 – Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE) – CUIT 20- 29336758-3 – RUEFENACHT”; “SOLUCIÓN DESINFLAMANTE EN CREMA INDICADO PARA ALIVIAR PROCESOS DE DOLOR Y/O INFLAMACIÓN DE LIGAMENTOS, ARTICULACIONES, MÚSCULOS Y TENDONES ATO-FLEX FORTE – Laboratorio Ruefenacht – Res. Ministerial Hab. N° 2557 – ANMAT RES. 155/98 – Campo Quijano SALTA – D.T. Farmacéutico: O.F. Gimenez / MP 858 – RUEFENACHT”;
– La prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto identificado como: “VERRUGOL (Nitrato de Plata 95 % y Nitrato de Potasio 5 %)”, hasta tanto cuente con las habilitaciones sanitarias correspondientes.
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