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Secretaría General

Prórroga Decreto N°721/3 y 879/3 sobre alícuota diferencial

Prórroga Decreto N°721/3 y 879/3 sobre alícuota diferencial

DECRETO Nº 1.111/3 (ME)-2020
EXPEDIENTE Nº 426/369/2020
Emisión: 6/7/2020
BO (Tucumán): 17/7/2020

VISTO el Decreto 879/3 (ME)-2019, y

CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto citado en el Visto, se prorrogó para el Periodo Fiscal 2019 la vigencia de la alícuota diferencial del dos coma cinco por ciento (2,5%) en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades de comercialización mayorista y minorista de productos farmacéuticos, establecida por el Decreto N°721/3 (ME)-2018;

Que teniendo presente los pedidos efectuados por distintos sectores vinculados con la comercialización mayorista y minorista de los citados productos, es que resulta necesario continuar con la medida de carácter fiscal excepcional establecida para dichas actividades durante el período fiscal 2020, siendo necesario, a tal efecto, adecuar los parámetros establecidos en el artículo 2° del citado Decreto N° 721/3 (ME)-2018;

Que de conformidad a la facultad establecida por el artículo 11 de la Ley N° 8467 y sus modificatorias, corresponde dictar la medida administrativa que disponga al respecto;
Por ello, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1096 de fecha 01 de Julio de 2020, adjunto a fs. 6/7 de autos, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase la vigencia de lo establecido en el Decreto N° 721/3 (ME)-2018 hasta el 31 de Diciembre de 2020.-

ARTÍCULO 2º.- Sustituir el artículo 2° del Decreto N° 721/3 (ME)-2018, por el siguiente:
“ARTÍCULO 2º.- La alícuota diferencial establecida en el artículo 1° resultará procedente cuando el total de ingresos gravados, no gravados y exentos de las actividades allí citadas, atribuibles a la Provincia de Tucumán en el período fiscal 2018, no excedan la suma de pesos seis millones ($ 6.000.000).-

Cuando se trate de contribuyentes que hayan iniciado tales actividades con posterioridad al 1° de Enero de 2019, la alícuota diferencial establecida en el artículo 1° resultará aplicable siempre que el total de los ingresos gravados, no gravados y exentos de las citadas actividades atribuibles ala Provincia de Tucumán obtenidos durante los dos primeros meses a partir del inicio de las mismas no supere la suma de pesos un millón ($ 1.000.000).”

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto tendrá vigencia a partir del anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al mes de enero de 2020, inclusive.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía.-

ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Decreto 1111/3 (ME) 2020
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Obras Sociales

PAMI Vacunas: aplicaciones sin restricción por DNI

PAMI Vacunas: aplicaciones sin restricción por DNI

PAMI ha informado que la Campaña de Vacunación, en este mes de Julio, es sin restricciones en el validador por número de terminación del DNI del afiliado.

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Actualización Profesional Inscripción hasta el 30 de julio

Diplomatura en Dirección y Gestión de Farmacias

Diplomatura en Dirección y Gestión de Farmacias

Les comunicamos el inicio de la “DIPLOMATURA EN DIRECCION Y GESTION DE FARMACIAS” de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES) y la Confederación Farmacéutica Argentina, dirigida a Farmacéuticas/os de la Red CoFA , con 12 clases on-line, a partir del 3 de agosto de 2020 y en los sucesivos lunes; en vivo en el horario de 13.30 a 15.30 y/o la opción de encontrar los videos de cada una de las clases a través de la plataforma de CoFA, para realizar las clases en otro horario que elija el participante.

La Diplomatura otorga créditos para la certificación y recertificación profesional de CoFA.

Hasta el 30 de julio recibiremos las planillas Excel de participantes consignado los siguientes datos:
DNI- Apellido-Nombres- Correo electrónico- Matrícula- Teléfono celular.

Toda la información está disponible en www.cofa.org.ar

Informes: cursos@cofa.org.ar

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Actualización Profesional Charla online - 4 de julio, 19 hs.

«Todo lo que debes saber sobre las infecciones respiratorias»

«Todo lo que debes saber sobre las infecciones respiratorias»
El próximo sábado 4 de julio a partir de las 19 hs., el Dr. Aldo Nicosia brindará la charla «Todo lo que debes saber sobre las infecciones respiratorias» a través de Google Meet.

El especialista en Clínica Médica también nos aserorará sobre las preguntas más frecuentes que llegan al mostrador de nuestra farmacia.

Para más información e inscripciones, haga click aquí.

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Actualización Profesional Sábado 20 de junio - 19 hs.

Charla online «Todo lo que debes saber sobre analgésicos»

Charla online «Todo lo que debes saber sobre analgésicos»

Los invitamos a participar mañana 20 de junio a partir de las 19 hs., en la charla online «Todo lo que debes saber sobre analgésicos» donde la Dra. Mónica Banchero nos orientará sobre las preguntas más frecuentes que llegan a nuestro mostrador de farmacia.

Para más información e inscripciones: https://bit.ly/2NeqHAg

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Novedades

Medifé: receta de anticonceptivos

Medifé: receta de anticonceptivos

Ponemos en conocimiento un nuevo modelo de receta que se ha diseñado para uso exclusivo de anticonceptivos orales. Estas recetas estarán prescriptas por el médico que figura en el modelo adjunto (Dr. Alejandro Espinosa MP 22894/9) y las mismas podrán ser informadas a los afiliados vía mail.

Los afiliados podrán adquirir anticonceptivos tanto con estas recetas como con las que ya venimos trabajando. Al igual que el resto de las recetas, las mismas deben validarse online y el porcentaje de cobertura será el que informe el sistema de validación.

Descargar Modelo de Receta para Anticonceptivos
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Secretaría General Cierra el 21 de agosto

Certificación y recertificación profesional: 2do llamado de 2020

Certificación y recertificación profesional: 2do llamado de 2020

El 2do llamado de este año será en Agosto 2020.  Las carpetas de los Colegas que se encuentren en condiciones de llevar a cabo la Certificación / Recertificación Profesional se recibirán, en este Colegio hasta el día 21 de Agosto de 2020.

La certificación se obtendrá con 50 créditos, considerando todos los antecedentes correspondientes a su historia profesional.

En cuanto a la recertificación, si existe continuidad entre el trámite a vencer y el trámite a iniciar, la reglamentación vigente establece una disminución del 10% o del 15% en los créditos a alcanzar para la certificación, según sea la primera o la segunda recertificación.

Serán contabilizadas las actividades finalizadas durante el periodo septiembre de 2014 al 1 de septiuembre de 2019.

En nuestro sitio web están disponibles los formularios para gestionar el trámite, así como sus disposiciones.

Cualquier consulta estamos a su disposición.

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Secretaría General MUY IMPORTANTE

Medicamentos fuera de las Farmacias: Laboratorio Elea Phoenix

Medicamentos fuera de las Farmacias: Laboratorio Elea Phoenix

Colegas:

Los farmacéuticos del país, nucleados en sus respecitvos Colegios, Círculos y Federaciones hemos asumido un estado de alerta, ante el artero atropello que están realizando distintos laboratorios en contra de nuestra profesión, en una flagrante violación de nuestras leyes al utilizar las plataformas virtuales más importante del país para la venta de productos OTC. Vemos que sin ningún reparo sustituyen nuestras farmacias por estos medios, que legalmente no están habilitados sanitariamente.

Esta actitud intenta eliminarnos como los únicos profesionales habilitados para la dispensa de medicamentos, sean estos éticos o de venta libre. Por lo tanto, a partir de este momento, comenzaremos nuestra acción en defensa de nuestra profesión y fuente trabajo, SUSTITUYENDO todos los medicamentos de los laboratorios que adopten acciones de similares características a las que ELEA PHOENIX quiso poner en práctica, quienes ante la inminente reacción de nuestro sector, se vieron obligados a revertir su proceder. No permitamos que nuestra profesión se mancille con acciones de esta naturaleza, actuemos con firmeza ante cualquier forma espuria de comercialización que altere la legalidad de nuestra profesión y nuestro futuro.

La sustitución es un atributo de nuestra profesión y nuestra más poderosa arma, que está respaldada por la ley 26567.

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