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Certificación / Recertificación Profesional

Requisitos para tramitar la certificación del DPC

ARTICULO 1.9.
Todo profesional con más de 5 (cinco) años de graduado, que aspire a obtener la
primera certificación de DPC por parte de la COFA, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Totalizar 50 (cincuenta) créditos considerando todos los antecedentes correspondientes a su historia profesional.

ARTICULO 1.10.
El farmacéutico que ha certificado DPC y que aspire a certificar nuevamente debe documentar actividades en no menos de 3 (tres) de los 5 (cinco) años previos a la iniciación del trámite respectivo pudiendo alcanzar un mínimo de:

  • 45 créditos en la segunda certificación;
  • 43 créditos en la siguiente
  • 40 créditos a partir de la subsiguiente,

siempre que se establezca continuidad entre el lapso de vigencia de la certificación anterior y la iniciación del nuevo trámite. Cuando se verifique una discontinuidad desde el vencimiento del lapso de vigencia de la certificación y la iniciación del trámite siguiente, el postulante debe reunir 50 créditos para volver a certificar DPC.

ARTICULO 1.11.
El farmacéutico con menos de cinco años de graduado que desee obtener certificación de su DPC y que lo solicite en los términos que fija este reglamento, es certificado automáticamente hasta la fecha en que se verifique cinco años de su graduación. Cumplido dicho plazo, si lo desea, debe iniciar el trámite ordinario de certificación de su DPC.

Tutorial de carga Reglamento general de certificación y recertificación farmacéutica